Por gestiones del Colegio, Catastro posterga la obligación de presentar los trabajos de Mensura, Unión y Subdivisión en formato digital hasta que se capaciten los profesionales
El Colegio planteó que –según resultados de una encuesta a la matrícula- "un gran porcentaje de nuestros profesionales desconoce el modo de operar con la mensura digital. Obviamente esto nos hace pensar que el comienzo de la aplicación en el plazo previsto puede conducirnos a una situación de crisis que deseamos evitar".
En ese marco solicitó realizar, junto con Catastro, un programa de capacitación utilizando el sistema de video conferencia del colegio y clases presenciales complementarias, en particular en los grandes centros (por ejemplo, en Río Cuarto, San Francisco, Villa María).
La sugerencia del Colegio fue aceptada por Catastro, que resolvió, mediante Resolución Interna Nº 3414, publicada el 2 de febrero de 2012 en el Boletín Oficial de la Provincia, postergar la instrumentación de la medida y ampliar el plazo para la entrada en vigencia de la mensura digital
Resolucion completa:
Resolución Interna Nº 3414
Córdoba, 6 de diciembre de 2011
VISTO a Resolución Normativa 02/2011, por la que se dispuso la obligatoriedad de la presentación digital de los trabajos de Mensura, Unión y Subdivisión, a partir del 01 de Noviembre de 2011, plazo que fuera prorrogado por Circular Interna N° 1635/11, hasta el 25 de Noviembre de 2011;
Y CONSIDERANDO:
Que tanto el Colegio de Ingenieros Civiles como el Colegio de Agrimensores de la Provincia de Córdoba, han solicitado la prórroga en la implementación del plazo previsto. Que a tales fines el Colegio de Ingenieros Civiles ha propuesto la realización de un programa de capacitación conjunto, para ser dictado a los profesionales que realizan trabajos de agrimensura, con el objeto de capacitar a los mismos en relación a la forma de operar con la mensura en formato digital.-
Que atendiendo a dichas presentaciones, esta Dirección estima procedente postergar la obligatoriedad en la presentación de los trabajos de Mensura, Unión y Subdivisión en formato digital, hasta tanto se culmine con las tareas de capacitación a realizar en colaboración con los Colegios Profesionales respectivos;
Atento a ello y en ejercicio de las facultades conferidas a ésta Dirección por Ley Nº 5057;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Postergar la obligatoriedad en la presentación de los trabajos de Mensura, Unión y Subdivisión en formato digital, hasta tanto se culmine con las tareas de capacitación a realizar en colaboración con los Colegios Profesionales de Ingenieros Civiles y Agrimensores, ambos de la Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2.- Protocolícese, notifíquese, tome razón División Estudio y Despacho, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.-
ING. CIVIL RAUL ARANCIBIA
DIRECTOR GENERAL
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